El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha decidido, por mayoría, no anular la elección de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a pesar de las denuncias sobre el uso de “acordeones” durante la jornada electoral. La presidenta del tribunal, Mónica Soto Fregoso, argumentó que los expedientes presentados por el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón no eran suficientes para invalidar un proceso electoral, enfatizando la necesidad de proteger el orden jurídico en lugar del caos.

Argumentos en contra de la nulidad electoral

Soto Fregoso destacó que, aunque se encontraron 3,188 formatos de acordeones, no se podía probar que estos documentos habían influido en la libertad de voto de los ciudadanos. Afirmó que los acordeones estaban en condiciones nuevas y no mostraban signos de uso, lo que dificultaba demostrar que habían violado derechos constitucionales. Además, consideró que asumir que el electorado se dejó llevar por estas guías es una visión “retrógrada”.

Posturas divididas entre los magistrados

El magistrado Felipe Fuentes Barrera coincidió con Soto Fregoso al señalar que el proyecto de nulidad carecía de evidencia concreta sobre el uso de los acordeones, considerándolo una “acumulación de conjeturas”. Por su parte, Reyes Rodríguez defendió su postura argumentando que la existencia de “casillas zapato”, donde todos los votos fueron para una misma candidatura, evidenciaba un actuar sistemático que debía ser considerado inaceptable en una democracia.

Financiamiento ilícito y posibles irregularidades

Rodríguez Mondragón también presentó un argumento sobre la nulidad basado en la existencia de financiamiento ilícito y violaciones a la normativa electoral. En su proyecto, mencionó que había indicios de una estrategia coordinada para distribuir acordeones, lo que podría haber influido en los resultados. Además, se documentaron 153 medios de impugnación en 23 estados, la mayoría gobernados por el partido Morena, sugiriendo una operación premeditada para influir en el voto de la ciudadanía.

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