La Procuraduría Federal del Consumidor ha emitido una importante advertencia que todo consumidor de bebidas alcohólicas debe conocer. La entidad detectó que varias marcas que se promocionan como licores en realidad no cumplen con los requisitos técnicos para ostentar dicha denominación.
Revisión del etiquetado: una necesidad imperante
Este hallazgo subraya la necesidad de revisar cuidadosamente el etiquetado de lo que compramos, pero si eres un consumidor activo de este producto, es mejor que cheques esta información. La falta de claridad en las etiquetas puede llevar a confusiones y a la compra de productos que no cumplen con las expectativas de calidad y sabor.
¿Qué define a un licor?
Para entender el dictamen de Profeco, es crucial saber qué define a un licor. Por definición, un licor es una bebida alcohólica destilada que, además del alcohol, debe contener un mínimo de 100 gramos de azúcares por litro. Esta cantidad de azúcar es lo que le da al licor su característico toque dulce y a menudo aromático, distinguiéndolo de destilados más secos como el vodka, el whisky o la ginebra.
Las 5 marcas señaladas por Profeco: Menos azúcar, más confusión
Profeco analizó la composición de diversas bebidas y encontró que cinco marcas no cumplían con el mínimo de azúcares requerido para ser consideradas legalmente un licor:
- El León Dorado (Licor de caña)
- El Compadre (Licor de agave Reposado)
- Vertigo (Licor de agave)
- Paloma Blanca (Licor de agave)
- El Compadre (Licor de agave Cristalino Reposado)
Todas estas bebidas contenían menos del 0.2% de azúcar exigido, aunque sus etiquetas afirmen lo contrario. La acción de Profeco busca proteger a los consumidores de publicidad y etiquetado engañoso, asegurando que el nombre del producto corresponda fielmente a su composición. Antes de comprar, revise que las bebidas que consume cumplan con lo que ofrecen, especialmente en el contenido de azúcar y graduación alcohólica.
