Esta tarde, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, que permitirá a los ciudadanos consumir, producir y comercializar marihuana en todo el país.

Hace un año, el Senado de la República ya había avalado la ley, sin embargo, el dictamen aprobado hoy, deberá regresar a los senadores para su revisión y aprobación final.

La nueva ley establece como derecho de toda persona mayor de 18 años consumir cannabis psicoactivo, siempre y cuando no afecte a terceros, especialmente a menores de edad.

En los casos de uso medicinal, paliativo, farmacéutico, o para la producción de cosméticos, así como el uso científico para dichos fines, será dispuesto por la Ley General de Salud y las normas que apliquen a cada caso específico.

¿Cuánta marihuana será legal portar?

La ley señala que cada persona podrá cargar hasta 28 gramos de esta hierba en vía pública sin hacerse acreedor a alguna sanción, contrario a los 5 gramos permitidos hasta el momento.

Portar entre 28 y 200 gramos será motivo de una sanción administrativa pero no penal. La multa ascendería entre 60 a 120 veces el valor diario de la UMA.

En el caso de llevar entre 200 gramos y 5.6 kilogramos sin tener el permiso correspondiente, existirá una pena de prisión de entre uno y tres años, además de 200 a 400 días de multa, pues se tomará como un propósito de distribución.

Si se poseen entre 5.6 y 14 kilogramos la sentencia es de tres a siete años de prisión, sumado a entre 80 y 300 días de multa. Para cantidades mayores a 14 kilos, la sentencia será de 5 a 15 años.

¿Puedo plantar mi propia planta?

El autocultivo estará permitido siempre y cuando se obtenga un permiso de la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic) para poseer en tu domicilio hasta seis plantas de marihuana que deberán ser exclusivamente para consumo con fines lúdicos.

Las plantas no pueden salir de la propiedad y en el caso de que resida más de una persona consumidora, el número máximo de plantas permitidas será de ocho.

¿Y si quiero comprarla o venderla?

En poco tiempo los productos de esta planta y sus derivados se podrán comercializar con mayor facilidad y por la vía legal.

Para poder comercializar marihuana o productos derivados de ella, será posible tramitar una licencia que otorgará derecho a realizar las actividades de la cadena productiva del cannabis y sus derivados.

Existirán seis tipos de licencia:

Integrales

Permitirán la realización de todas las actividades de la cadena productiva del cannabis, desde el cultivo hasta la comercialización y venta al usuario final.

Con fines específicos de producción

Permitirán a sus titulares el cultivo del cannabis en las áreas especificadas en la licencia.

Con fines de distribución

Permitirán a sus titulares la adquisición de cannabis a un productor autorizado.

Con fines de venta a un comercializador autorizado

Permitirán la transacción de compra/venta con un comercializador.

Con fines de venta al usuario final

Permitirá a sus titulares adquirir cannabis a un licenciatario de distribución para su venta final en establecimientos autorizados.

Con fines de producción o comercialización de productos derivados

Permitirán a sus titulares comprar cannabis a un productor autorizado a fin de transformarlo en productos para su venta al usuario final.

Share.
Exit mobile version